El BOE de 20 de mayo ha publicado la Orden Ministerial 422/2020 por la que se regula el uso obligatorio de mascarilla, cualquier tipo que cubra boca y nariz, siendo preferible las higiénicas y quirúrgica.
Será obligatoria en personas a partir de 6 años en adelante, salvo en siguientes situaciones:
- Personas con dificultad respiratorias.
- Personas en las que su uso resulte contradictorio por motivos de salud o por una situación de incapacidad o dependencia que tengan alteraciones de conducta que haga inviable su uso.
- En actividades que por su propia naturaleza sea incompatible el uso de mascarillas.
- Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Su uso será obligatorio en:
- Vía pública.
- Espacios al aire libre y cerrados de uso público, siempre que no sea posible mantener distancia de seguridad.
La Orden no establece las posibles sanciones derivadas de su incumplimiento, por lo que habrá que esperar a una legislación posterior.
Esta Orden entra en vigor el día 21 de mayo de 2020.