Las famosas “cláusulas suelo” son aquellas estipulaciones o pactos que están en la escritura de hipoteca y que consisten en limitar el interés por debajo de lo que debe cobrar el banco. O dicho de otro modo, si el Euribor está por debajo de lo que dice la escritura, el banco cobrará ese límite y no lo que dice el Euribor.
Pues bien, ya en mayo del año 2013 nuestro Tribunal Supremo dijo que esas cláusulas eran abusivas, y lo procedente es que se cobrara lo que dijera el mercado (Euribor o cualquier otro índice), por lo que bancos tuvieron que DEVOLVER A LOS CLIENTES LO COBRADO DE MÁS. Ahora bien, el propio Tribunal Supremo estableció un límite temporal para la devolución de dicho importe, y los bancos devolvieron a quien reclamó hasta mayo de 2013.
Pero hoy, día 21 de diciembre de 2016, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia a tres consultas vinculantes de juzgados españoles en la que establece QUE LA DEVOLUCIÓN SE DEBE DE HACER SIN LIMITACIÓN TEMPORAL, DEBIENDO DE REINTEGRAR LA TOTALIDAD DEL IMPORTE por el que se haya aplicado la cláusula suelo.
Es por ello, que el Tribunal de Justicia de la Unión Europa se ha convertido en el Papa Noel o en los Reyes Magos de estas fiestas, porque para aquellos que tenga cláusula suelo en su hipoteca tiene derecho a que se LE DEVUELVA LA TOTALIDAD DE LO QUE EL BANCO LE HA COBRADO DE MÁS POR LA APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA SUELO.
Por este motivo, si quieres saber si tu escritura tiene cláusula suelo y, por ello, recuperar la totalidad de lo que el banco te ha cobrado de más, puedes informarte en AVALENTIA sin compromiso alguno.
Equipo Avalentia