El ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital avalará la financiación otorgada por entidades de crédito para paliar los efectos del COVID-19.
El fin de estos avales es cubrir los nuevos préstamos y otras operaciones de financiación, así como las renovaciones concedidas por entidades financieras a empresas y autónomos para atender necesidades derivadas por ejemplo de pago de salarios, facturas, obligaciones tributarias, etc.
Los préstamos y operaciones tienen que ser otorgados a autónomos o empresarios con domicilio social en España, que se hayan visto perjudicados por la crisis sanitaria. Además, tienen que haberse formalizado con posterioridad al 17 de marzo de 2020.
Las empresas o autónomos a los que se haya concedido la financiación no deben constar en los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España a fecha de 31 de diciembre de 2019, así como tampoco deben estar sujetos a un procedimiento concursal.
Los avales podrán alcanzar entre el 60% y el 80% de la cantidad concedida por la entidad financiera.
El plazo de solicitud del referido aval vence el 30 de septiembre de 2020, sin perjuicio de poder ser posteriormente prorrogado.